Ordenan a penales tener espacios de lactancia y lugares seguros para hijos de mujeres presas

Avalan legisladores que penales tengan espacios de lactancia y lugares para que menores de tres años puedan vivir con sus madres privadas de la libertad.

Escrito por: Maxi Peláez
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Avalan diputados reforma que obligara a los Centro Penitenciaros del país a contar con espacios seguros para que los hijos menores de tres años de las mujeres privadas de su libertad puedan vivir con ellas en los centros de reclusión en condiciones de seguridad y tengan espacios dignos e higiénicos para la lactancia.

Con 463 votos a favor, la Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Nacional de Ejecución Penal. El dictamen se turnó al Senado para su validación.

Alertan que actualmente hay cerca de 500 menores viviendo en hacinamiento y sin higiene para su alimentación en los tres primeros años de vida, lo que lleva a que más de 60 % de mujeres presas no tengan garantizados sus derechos.

La diputada de Movimiento Ciudadano, Julieta Mejía Ibáñez, una de las promotoras de la reforma, señaló “hay más de 500 pequeñas y pequeños viviendo en sobrepoblación, violencia, falta de espacios y servicios adecuados para su formación. Esto limita su desarrollo. Las mujeres privadas de su libertad, acompañadas de sus hijos pequeños, sufren grandes limitantes. Es alarmante que solamente 11 de 450 centros penitenciarios cuenten con espacios de lactancia y estos ni siquiera se acercan a tener espacios óptimos”.

Espacios seguros para la lactancia.

La reforma a Ley Nacional de Ejecución Penal, obliga a los centros penitenciarios a contar con espacios separados para la lactancia y garantizar la integridad, seguridad, higiene y privacidad para la mujer privada de su libertad y su hija o hijo.

También ordena respetar el derecho que tienen las mujeres presas para conservar la guardia y custodia de sus hijos menores de 3 años a fin de que pueda permanecer con la madre en el centro penitenciario siempre que no contravenga el interés superior de la niña o el niño.

Para los casos en que la madre recluida desee conserve la custodia de su hijo menor de 3 años ante falta de un familiar que se haga responsable del menor, la autoridad penitenciaria deberá garantizar el ingreso de pequeño atendiendo en todo momento al interés superior de la niñez.

Los diputados también estipularon que en el momento en que los hijos de las mujeres privadas de su libertad alcancen la edad máxima de 3 años de estancia en el penal, la autoridad penitenciaria estará obligada a implementar una separación sensible y gradual para garantizar el interés de los niños.

El dictamen avalado por los diputados ahora se analizado por el Senado de la Republica.

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Escrito por: Maxi Peláez

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