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La SCJN frena el “volver a empezar”: cierra la puerta a juzgar dos veces un mismo caso

La SCJN decidió no reabrir fallos ya resueltos y reforzó el principio de cosa juzgada para proteger la certeza jurídica.

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SCJN descarta revisar sentencias pasadas y cierra la puerta a juzgar dos veces un mismo caso|Especial

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió meter el freno de mano a una idea que había provocado preocupación entre abogados y especialistas: volver a revisar sentencias ya resueltas por la propia Corte. En la sesión de este lunes, las y los ministros fueron claros: no se puede juzgar dos veces un mismo asunto.

Con esta decisión, el máximo tribunal cerró la puerta a cualquier intento de ir contra el principio de cosa juzgada, una regla básica del derecho que garantiza que, una vez que un caso se resuelve de manera definitiva, no puede volver a ponerse sobre la mesa.

La Corte se pone un límite a sí misma

Por unanimidad, las y los ministros acordaron que la revisión de sentencias solo procede, como siempre ha sido, contra resoluciones emitidas por tribunales colegiados. Es decir, la Corte sí puede revisar decisiones de otros tribunales, pero no puede volver a pronunciarse sobre casos que ella misma ya resolvió.

Permitirlo, coincidieron, afectaría directamente la seguridad jurídica de las personas y debilitaría la firmeza de las sentencias. En pocas palabras: si hoy se abriera esa puerta, mañana nadie tendría la certeza de que un juicio ganado realmente está cerrado.

La decisión se tomó al resolver la consulta a trámite 1/2025, con lo que la SCJN dejó claro que no habrá reinterpretaciones retroactivas ni “segundas vueltas” sobre fallos ya concluidos por el propio tribunal.

¿Por qué importa tanto la cosa juzgada?

El principio de cosa juzgada es una de las bases del Estado de derecho. Sirve para que las personas sepan a qué atenerse: un divorcio, una herencia o cualquier juicio no pueden quedar en el aire indefinidamente.

Si una sentencia pudiera revisarse años después, se abriría un escenario caótico. Lo que hoy es tuyo, mañana podría dejar de serlo. Y eso, justo, es lo que la Corte decidió evitar.

Contexto: sobre la propuesta de revisar sentencias ya resueltas

El pasado 6 de noviembre, la Barra Mexicana , Colegio de Abogados, lanzó una advertencia pública: la SCJN pretendía revisar sentencias dictadas por ministros de la integración anterior.

Para explicarlo, usaron ejemplos sencillos: sería como decir que un divorcio de hace 20 años ya no vale, o que una casa obtenida legalmente en un juicio de herencia podría cambiar de dueño porque el caso se volvería a analizar.

La presidenta de la Barra, Ana María Kudisch, fue directa al señalar que revisar una cosa juzgada no tenía base legal ni constitucional, y advirtió que detrás podía haber intereses políticos, no jurídicos.

Días después, el tema llegó al pleno. Seis ministros frenaron el primer intento concreto de revivir un caso ya juzgado: la solicitud de la Presidencia de la República para revisar la votación de la entonces Segunda Sala que declaró inconstitucionales artículos clave de la Ley de la Industria Eléctrica impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

Suprema Corte abre la puerta a anular juicios concluidos y genera controversia

Incluso la ministra Lenia Batres se negó a cruzar esa línea y advirtió que hacerlo abriría la puerta para impugnar todas las votaciones del pleno en cualquier asunto.

El proyecto impulsado por el presidente de la Corte, Hugo Aguilar , fue “bateado”. El ministro Irving Espinosa lo resumió así: revisar el caso implicaba una nueva votación con la posibilidad de cambiar el fallo, algo que consideró inaceptable.

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