La Comisión Nacional de Búsqueda de Personas deberá de informar acerca del programa de capacitación y la metodología para la implementación del Censo de Personas Desaparecidas en México, según lo informado por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).
Según la comisionada del INAI, Norma Julieta del Río Venegas, cualquier iniciativa que pretenda modificar la manera en la cual se contabiliza y registra a las personas desaparecidas debe estar sujeta a la transparencia.
México enfrenta una grave crisis en materia de personas desaparecidas
Luego de presentar este asunto ante el Pleno, la titular sostuvo que México enfrenta un problema severo en cuanto a personas desaparecidas, pues entre 1962 y noviembre de 2023 se han contabilizado cerca de 300 mil personas que han sido reportadas como desaparecidas y, según datos de la Comisión Nacional de Búsqueda, 27 personas desaparecieron por día en el 2022.
“En el nuevo censo de personas desaparecidas participan gobiernos estatales, fiscalías e incluso los llamados Servidores de la Nación, a cargo de la Secretaría de Bienestar. Debido a su relevancia en el país, se debe informar su metodología, la manera en la cual capacitó a los funcionarios involucrados, así como sus avances, para evitar un posible subregistro de datos o la revictimización de las personas desaparecidas”, señaló Norma Julieta.
Una persona solicitó documentos de las capacitaciones y la Comisión se los negó
A través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), una persona solicitó las grabaciones, minutas, versiones estenográficas, oficios, informes y cualquier documento que ayude a saber de las sesiones de capacitación para la implementación del Censo Nacional de Personas Desaparecidas en México.
Además, requirió conocer la metodología y los funcionarios públicos encargados llevar a cabo las sesiones de capacitación.
Al dar respuesta, la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas señaló que no localizó los documentos y que no está obligada a generarlos, razón por la cual la persona que solicitó los registros presentó un recurso de revisión ante el INAI.
La Dirección de Evaluación y Capacitación puntualizó que este año la Comisión ofrece de manera abierta y constante dos cursos de capacitación en línea, a los cuales se puede inscribir cualquier persona, pero quienes más se interesan son las personas servidoras públicas de las Comisiones Locales de Búsqueda y de las Fiscalías Especializadas en Desaparición de Personas.
Además de esto, la Dirección General de Acciones de Búsqueda y Procesamiento de Información indicó que para la elaboración del nuevo censo hubo diversas capacitaciones, vía remota, a Comisiones y Fiscalías estatales; sin embargo, no localizó información al respecto.
Omitieron los términos de transparencia
Tras unos momentos de analizar el caso, la comisionada determinó que la Comisión no cumplió el procedimiento de búsqueda previsto en la Ley Federal de Transparencia, ya que omitió turnar la solicitud al Departamento de Diagnóstico de Políticas, Operaciones y Criminalidad, así como a la Subdirección de Diseño y Homologación del Proceso de Búsqueda, unidades administrativas competentes para conocer los documentos requeridos.
En seguimiento de lo anterior, la ponencia advirtió una contradicción en la respuesta de la Comisión, ya que en sus alegatos reconoce haber capacitado, vía remota, a personal de Comisiones y Fiscalías estatales y, a la vez, dice no contar con información al respecto.
Debido a esto, el Pleno del INAI resolvió revocar la respuesta de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas y le instruyó hacer una nueva búsqueda exhaustiva en todas sus unidades administrativas competentes, a fin de proporcionar a la persona solicitante la información de su interés.