“Plan B": Corte revisará si descongela primera parte de reformas en materia electoral

La Corte analizará si descongela la aplicación de la primera parte del “Plan B” en materia electoral, podría impactar en los comicios del Estado de México y Coahuila

Escrito por: Juan Pablo Reyes
Puntos clave del Plan B de la Reforma Electoral de AMLO reformas secundarias
| Archivo INE

Será el 12 de abril cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analice si descongela o no la aplicación de la primera parte del “Plan B” en materia electoral, lo cual podría impactar en los comicios del Estado de México y Coahuila. Fuentes del máximo tribunal explicaron que la ministra Loretta Ortiz presentará ante sus colegas de la Segunda Sala un proyecto sobre la impugnación presentada por el Ejecutivo Federal contra la suspensión concedida por el ministro Alberto Pérez Dayán a las reformas a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Se trata del recurso de reclamación 27/2023-CA promovido por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo Federal para que la SCJN analice la legalidad del acuerdo de Pérez Dayán por el cual se concedió la medida cautelar dentro de las acciones de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, promovidas por diversos partidos políticos de oposición.

El pasado 21 de febrero Pérez Dayán explicó que la Constitución ordena que las leyes electorales deberán promulgarse y publicarse por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral en que vayan a aplicarse, y durante el mismo no podrá haber modificaciones legales fundamentales.

“Tanto la fecha en que se presentó la iniciativa que culminó con el Decreto impugnado, como la de su publicación, se ubican precisamente dentro de los noventa días a que hace referencia la veda impuesta en el texto constitucional.

“Hasta en tanto se dicte sentencia en este medio de control constitucional, ha lugar a suspender los efectos y consecuencias del Decreto para que no rija en las entidades federativas a que se ha hecho referencia; considerando que el contenido del Decreto reclamado puede calificarse como una modificación legal fundamental”, el ministro.

Las primeras acciones de inconstitucionalidad fueron presentadas desde el 23 de enero

Las primeras acciones de inconstitucionalidad fueron presentadas desde el 23 de enero pasado por los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) y casi un mes después la Corte aceptó analizarlas mediante un acuerdo de Alberto Pérez Dayán.

“Ha lugar a conceder la medida cautelar solicitada, para el efecto de que el Decreto combatido no rija en los procesos electorales que se encuentran en desarrollo, esto es, los correspondientes al Estado de México y Coahuila, pues de no concederse podrían causarse afectaciones irreparables al sistema democrático y a los derechos fundamentales implicados en éste”, expuso el 21 de febrero.

Aún está pendiente que el máximo tribunal del país reciba y turne a alguno de los ministros las impugnaciones desde la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal al freno impuesto el viernes 24 de marzo por el ministro Javier Laynez a la segunda parte del “Plan B” ante una posible violación a los derechos político electorales de la ciudadanía

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Escrito por: Juan Pablo Reyes

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