Otro día, otro decomiso: Cae la undécima dupla de objetivos prioritarios en la Central de Abastos de San Luis Potosí; los dos sujetos fueron detenidos consumiendo enervantes y en posesión de decenas de dosis de distintas drogas.
La Policía de la Capital suma otro decomiso de droga en la Central de Abastos. El aseguramiento fue a través de una intervención directa en la zona. Con esta acción, suman once detenciones por el mismo delito en este sector.
⚪️🔵 Policía de la Capital suma otro decomiso de droga en la Central de Abastos y detiene a dos objetivos prioritarios
— Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana SLP (@SSPCSLP) August 13, 2026
✴️💊El aseguramiento representa una intervención directa en la zona, donde las acciones policiales continúan enfocadas en detectar y frenar el narcomenudeo… pic.twitter.com/d29jNOyEsV
"Se decomisaron 90 dosis de drogas como marihuana y cristal. Los hechos ocurrieron sobre la calle Sexta Oriente, donde oficiales de la Unidad Mixta de Intervención y Reacción detectaron a dos hombres consumiendo enervantes", así lo informó la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana SLP.
Durante la revisión, a uno de ellos se le encontró en posesión de 30 bolsas con hierba seca similar a la marihuana. En tanto, en la misma inspección, al otro individuo le fue localizada una bolsa en su pantalón que contenía 60 bolsas con una sustancia granulada con características similares al cristal.
Los dos jóvenes, de 25 años, dijeron tener su domicilio en el municipio de Soledad de Graciano Sánchez. Al momento se conoce que las autoridades deberán exponer lo que sucederá jurídicamente con ambos sujetos encontrados consumiendo enervantes y en posesión de decenas de drogas distintas en bolsitas.
¿Cuánta droga está permitida por la ley en México? Conoce los límites para consumo personal
De acuerdo con la legislación mexicana, la ley establece claramente cuáles son los límites permitidos para la posesión de drogas destinadas al consumo personal e inmediato.
El marco legal fija cantidades específicas para cada sustancia: por ejemplo, se tolera un máximo de 5 gramos en el caso de la marihuana, 500 miligramos para la cocaína, 50 miligramos para la heroína, 40 miligramos para la metanfetamina y apenas 0.015 miligramos para el LSD, entre otras sustancias contempladas en la normatividad.
Bajo este esquema, si una persona que es consumidora o presenta dependencia es sorprendida con una cantidad igual o menor a estos topes establecidos para su uso personal, las autoridades ministeriales no procederán penalmente en su contra.
En lugar de enfrentar un proceso judicial, el infractor es canalizado directamente con las autoridades sanitarias para recibir orientación médica e información sobre centros especializados en la prevención y tratamiento de adicciones.
Sin embargo, el panorama cambia radicalmente si se rebasan dichos límites. Si bien tener una cantidad superior, pero que no rebase por mil veces la dosis permitida, puede ser investigado como posesión simple o bajo la sospecha de comercio, superar ese umbral multiplica automáticamente la gravedad del asunto.
Al rebasar mil veces las cantidades de la tabla oficial, el caso deja de ser un delito del fuero común y pasa de inmediato a manos de las autoridades federales bajo cargos de narcotráfico.
