Impuesto para Apps de reparto en la Ciudad de México podría ser avalado por SCJN. El impuesto de dos por ciento que se cobra en la Ciudad de México a las plataformas digitales para contactar a repartidores de alimentos y paquetería podría ser avalado el miércoles por la Suprema Corte de Justicia.
Se trata del arancel por el “aprovechamiento de la infraestructura de la ciudad” que se impuso en la capital del país desde 2022 y que fue cuestionado ante el máximo tribunal por aplicaciones como Uber Eats, empresa a la que el ministro Luis María Aguilar propone negarle un amparo.
En su proyecto de sentencia, Aguilar Morales expone que este tributo no viola principios constitucionales de proporcionalidad y equidad tributarias, los de legalidad, destino del gasto público o seguridad jurídica, ni algún tratado internacional.
“Del impuesto establecido por el Congreso de la Ciudad de México no está vinculado con el uso, explotación o aprovechamiento de la infraestructura de la Ciudad (bien del dominio público), sino que consiste en la realización de las actividades de intermediación, promoción o de facilitación digital a través de la operación y/o administración de aplicaciones y/o plataformas informáticas de control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles, para la interconexión que permita a los usuarios contactar con terceros oferentes de bienes, para la entrega o recepción de paquetes, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía en territorio de la Ciudad de México”, señala Aguilar.
Jueces federales concedieron suspensiones que han permitido a las apps de reparto, no pagar impuesto
En los últimos meses diversos jueces federales coincidieron en que el impuesto es inconstitucional por lo que se concedieron suspensiones que han permitido a diversas apps como Rappi, no pagarlo. La cuota de dos por ciento, prevista en el artículo 307 del Código Fiscal de la CDMX, aplica a “todas las personas físicas o morales que realicen actividades de intermediación, promoción o facilitación digital para la entrega o recepción de paquetes de alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancías”.
Este arancel que provocó protestas por parte de los propietarios de las aplicaciones se aplica sobre la comisión, antes de impuestos, que la plataforma cobra por sus servicios, y no puede ser trasladado al cliente, es decir, lo tienen que pagar las empresas.
Para Uber y otras aplicaciones de reparto de alimentos como Rappi el impuesto para Apps de reparto, de dos por ciento aprobado en el Código Fiscal 2022 de la Ciudad de México, no solamente afecta a las plataformas digitales de reparto a domicilio, sino que también repercute en los consumidores, usuarios y los repartidores.
Según su demanda de amparo, la cual ya pasó por un juzgado federal y un tribunal colegiado, el arancel representa una barrera para la reactivación económica y la digitalización de la economía afectando a los pequeños y medianos comercios de la capital.
Fue el 30 de enero de 2022 cuando la Ciudad de México incluyó en el Código Fiscal un aprovechamiento de dos por ciento a las plataformas dedicadas a la entrega de alimentos, productos o víveres, debido a que durante la pandemia hubo un crecimiento exponencial en el comercio electrónico, beneficiando a las empresas, por lo que deben contribuir a la ciudad